Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2019-CA
Fecha: 25-Feb-2019
DEVOLUCIÓN
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve disponer la DEVOLUCIÓN de antecedentes al Rector de la Universidad Mayor de San Andrés para que sea la Comisión Permanente de Apelaciones de la citada Casa Superior de Estudios la que con plena competencia resuelva la acción de inconstitucionalidad concreta formulada por Mario Errol Chávez Gordillo, sea en el marco de lo establecido por el art. 80 del citado Código.
- Rector a
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- improcedente
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- ante la autoridad que conozca del proceso judicial o administrativo
- en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia
- II.3.
- DEVOLUCIÓN