Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2019-RCA
Fecha: 27-Feb-2019
DEVOLVER
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 10.I.3 del Código Procesal Constitucional; dispone: DEVOLVER la presente acción de amparo constitucional a la Jueza Pública de Familia Novena del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, para que se proceda al correspondiente archivo de obrados,
- Fragmento 1
- I.1.
- que deberá ser notificada a la parte accionante, para que ésta en el plazo de tres días plantee la impugnación contra dicha decisión
- la parte no impugnara dentro de ese plazo, los jueces y tribunales de garantías procederán al archivo de obrados.
- II.2. Análisis del presente caso
- para que en el plazo de tres días presente impugnación a la resolución asumida. De no presentarse la impugnación, la Jueza, Juez o Tribunal de Garantías procederá al archivo de obrados”
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