AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2019-RCA
Fecha: 27-Feb-2019
rechazo in límine
La Jueza Pública de Familia Octavo del departamento de Santa Cruz, constituido en Jueza de garantías, mediante Resolución 27 de 24 de enero de 2019, cursante de fs. 372 a 373, declaró el rechazo in límine de la acción de amparo constitucional, manifestando que: 1) El accionante debió acudir a la queja por mora o incumplimiento de decisiones constitucionales con calidad de cosa juzgada, lo que no consta en antecedentes; 2) La Sentencia dictada por el Juez Decimoséptimo Público en lo Civil y Comercial se encontraría en consulta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional; 3) El impetrante pretende se resuelva nuevamente un igual conflicto entre las mismas partes, sin que ello sea factible por cuanto existirían dos resoluciones que podrían ser contradictorias sobre el mismo caso.