AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2019-CA
Fecha: 15-Mar-2019
rechazó
Por Resolución 246 de 3 de agosto de 2018, cursante de fs. 662 a 663 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Segunda del departamento de Santa Cruz, se rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) El accionante planteó esta demanda indicando que el artículo cuestionado genera desigualdad procesal; sin embargo, no demostró de qué manera se hubieran afectado al principio de razonabilidad vinculado al de igualdad procesal; y, b) Si bien indicó la norma cuya inconstitucionalidad requiere, no expresó los fundamentos jurídico-constitucionales de dicho cuestionamiento, es decir, no explicó los motivos de inconstitucionalidad que genere duda razonable que justifique promover esta demanda.
- Jueza Pública Civil y Comercial Segunda del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código, no consiste en la mera identificación de preceptos constitucionales y legales y, menos en la simple trascripción de textos doctrinales y jurisprudenciales
- II.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 8
- RATIFICAR