DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2019
Fecha: 22-Mar-2019
I.1. Contenido de la consulta
Mediante memorial presentado el 27 de febrero de 2019, cursante de fs. 216 a 220 vta., el consultante indica que, habiéndose declarado la compatibilidad total del proyecto de la Carta Orgánica Municipal (COM) de Villa Montes a través de la DCP 0066/2017 de 9 de agosto correlativa a la DCP 0079/2014 de 8 de diciembre; en sesión del 19 de febrero de 2018, el Concejo del referido Gobierno Autónomo Municipal aprobó la pregunta para referendo aprobatorio, que se formalizó con la emisión de la Ley Municipal Autónoma GAMVM 182 promulgada el 26 de igual mes y año; pregunta que fue presentada al Tribunal Supremo Electoral (TSE), entidad que se pronunció aprobándola por medio de la Resolución TSE-RSP-ADM 069/2019 de 6 de febrero.
- I.1. Contenido de la consulta
- ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE VILLA MONTES? SI – NO
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- finalmente un referendo aprobatorio
- III.2. Naturaleza jurídica del control de constitucionalidad de preguntas para referendo
- a)
- III.3. Sobre el referendo
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- criterios de permisibilidad, competencia, claridad y pertinencia
- 1) Permisibilidad
- Fragmento 17
- CONSTITUCIONALIDAD