SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2019-S2

Fecha: 15-Mar-2019

concedió

La Jueza de Sustancias Controladas, Liquidadora y de Sentencia Penal Quinta de la Capital del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 37/2018 de 23 de octubre, cursante de fs. 73 a 75 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que la Jueza demandada, remita dentro de las veinticuatro horas el acta de audiencia de medidas cautelares de 12 de octubre de 2018, exhortándola a cumplir con los plazos procesales, con los siguientes fundamentos: 1) Es evidente la dilación en la que incurrió la autoridad jurisdiccional demandada; por cuanto descontando, los dos días que fue declarada en comisión, se computan nueve días en que debió remitir los antecedentes al superior en grado, como lo establece el art. 251 del CCP, además de haber incumplido la demandada con lo que disponen los arts. 115.I  y 180.I de la CPE, referidos a ser protegidos oportunamente y a la celeridad procesal; 2) Con relación a que la víctima recién fue notificada el 19 de octubre de 2018, debieron hacerlo en el día, además que al mantenerse la situación jurídica de la detención preventiva del accionante, no habría motivo para que ésta, apele la Resolución. Respecto a que la Secretaria del Juzgado, se encontraba con permiso y no ha sido acreditada; por lo que este aspecto, no será tomado en consideración; y, 3) La acción de libertad es también traslativa o de pronto despacho, que busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se halla privada de libertad, como en el caso presente.