Sentencia Constitucional Plurinacional 0035/2019-S1 de 25 de marzo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0035/2019-S1 de 25 de marzo

Fecha: 25-Mar-2019

CONFIRMAR

La suscrita Magistrada, no comparte la decisión adoptada en la SCP 0035/2019-S1 de 25 de marzo, que resolvió CONFIRMAR la Resolución 19/2018 de 1 de noviembre, cursante de fs. 28 a 29 vta., pronunciada por la Jueza de Partido Liquidadora y Sentencia Penal Cuarta de El Alto del departamento de La Paz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, argumentando que la situación fáctica procesal planteada por el accionante no se enmarca en alguno de los presupuestos de procedencia de la acción de libertad establecidos en la jurisprudencia constitucional glosada en su Fundamento Jurídico III.1, en razón a que los alcances y finalidad de protección de la acción de libertad radica indefectiblemente en la protección o tutela de los derechos a la vida, a la libertad física y a la libertad de locomoción, o exista indebido proceso vinculado a la libertad; y, en el caso el impetrante de tutela no estableció de qué forma sus derechos al debido proceso y a la libertad estarían siendo restringidos o suprimidos por la servidora de apoyo judicial demandada, versando más bien su denuncia en la omisión en la que habría incurrido la demandada al elaborar el acta de audiencia de cesación de la detención preventiva, que a su vez ocasionó la devolución por el Tribunal de alzada, situación que no pude ser considerada en la presente acción e defensa.

La suscrita Magistrada no comparte la decisión adoptada, por lo que disiente en cuanto a los fundamentos jurídicos en función a los cuales la Sentencia Constitucional Plurinacional aludida denegó la tutela impetrada; en consecuencia, emite el presente Voto Disidente bajo los siguientes fundamentos jurídico- constitucionales.