Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2019-S1
Fecha: 25-Mar-2019
I.2.1.
En la réplica, señaló que es evidente que la SCP 2149/2013 de 21 de noviembre establece la posibilidad de que el plazo de envío de la apelación puede ampliarse de manera excepcional cuando exista una justificación razonable, pero en el caso concreto no existe pluralidad de imputados, y aguardaron cuarenta y ocho horas para que se efectué la remisión ante el Tribunal de alzada desconociendo sobre la baja médica de la Secretaria del juzgado, solicitando que se ordene la remisión de la causa “…hasta el día lunes…” (sic).