Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2019-S3
Fecha: 12-Mar-2019
i)
Claudia Marcela Castro Dorado, Jueza de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra Violencia hacia las Mujeres Tercera de la Capital del departamento de La Paz -en suplencia legal de su similar Primero-, mediante informe escrito presentado el 26 de octubre 2018, cursante a fs. 25 y vta., manifestó que: i) Dentro el proceso penal en cuestión, se tiene la presentación de memoriales de 15 de agosto, 13 y 26 de septiembre; 1 y 11 de octubre todos del 2018 solicitando audiencia de procedimiento abreviado; y, ii) No cursa en obrados el requerimiento conclusivo de procedimiento abreviado, motivo por el cual no se señaló la audiencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR