Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2019-S3
Fecha: 15-Mar-2019
II.8.
II.8. Mediante Auto Interlocutorio de 23 del mes y año precitados, la Jueza de la causa, rechazó de forma in límine el incidente interpuesto por el impetrante de tutela, ordenando que se realice a la brevedad posible la notificación ordenada, a efectos de resolver la observación a la liquidación (fs. 14 y vta.).