II.3.
II.3. Según reconocen las partes, el 23 de octubre de 2018, los accionantes solicitaron audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva ante el Juez demandado, siendo fijada para el 31 del mismo mes y año, en la cual se pronunció la Resolución 476/2018 que rechazó su solicitud, al no constar en la prueba adjunta por los imputados que la víctima fue notificada con la Resolución de Sobreseimiento (fs. 9 a 10 y 16).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos
