AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2019-CA

Fecha: 17-Abr-2019

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 26 de junio de 2017, cursante de fs. 53 a 56, la accionante señala que es propietaria de dos inmuebles ubicados en el sector denominado “Cuartel Hura del Cantón Vinto” actualmente “Cuartel Braún Urbanización Topater” de la ciudad de Oruro, que se encuentran registrados en la Oficina de Derechos Reales (DD.RR.) 4.01.1.03.0004929 y 4.01.1.03.0004941, empero que dicho derecho propietario se ve restringido por los Decretos Municipales 05/2012 y 019/14 referente a procedimiento sancionador de construcciones clandestinas, que fueron emitidas sin un marco legal y en contraposición a los arts. 1 y 16 de la Ley Municipal 001/2013 de 5 de septiembre, que regula la jerarquía normativa del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, y que establece que quedan abrogadas y derogadas todas las disposiciones municipales contrarias, por lo que los aludidos Decretos Municipales emitidos con anterioridad por el Órgano Ejecutivo son inexistentes como emergencia de la abrogatoria y no pueden ser aplicados vulnerando su derecho a la propiedad.

Los Decretos Municipales 005 y 019 son contrarios a los arts. 3, 56.I, 7, 12.I, 14.I, 109.I.II, 283 y 410.II.3 de la CPE, máxime si vienen a reglamentar la ejecución de las leyes municipales como establece el art. 39 de la Ley Municipal 001 que fue la primera ley del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, que regula la jerarquía normativa del Gobierno Autónomo, deduciéndose que el Órgano Ejecutivo usurpó funciones que no les compete, siendo nulas las actuaciones del proceso administrativo instaurado en su contra, más aún si se encuentra vigente la Resolución Concejal 098/2012 de 3 de julio que aprueba el “Reglamento De Regularización Técnica Y Administrativa De Aprobación De Planimetría De Urbanizaciones Con Asentamientos Humanos Consolidados” (sic), existiendo duda razonable sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado.