Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2019-S2
Fecha: 17-Abr-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de estafa, y recluido en el Centro Penitenciario San Pedro, el 21 de noviembre del 2018 solicitó al Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de La Paz, audiencia de cesación a la detención preventiva, la cual no fue señalada hasta la presentación de esta acción tutelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- todas aquellas solicitudes vinculadas a la libertad del imputado, en especial la cesación de la detención preventiva, deben ser tramitadas con la debida celeridad
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- toda solicitud relativa o vinculada a la libertad de las personas, debe imprimírsele celeridad en su resolución sea positiva o negativamente para quien la pide,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR