SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2019-S3

Fecha: 16-Abr-2019

concedió en parte

La Jueza Pública de Familia Decimosegunda del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 002/2018 de 16 de marzo, cursante de fs. 413 vta. a 418, concedió en parte la tutela impetrada disponiendo dejar sin efecto la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1444/2017, debiendo pronunciarse una nueva resolución respondiendo a los agravios expresados en el recurso jerárquico interpuesto por el accionante, en base a los siguientes fundamentos: a) La Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1444/2017 no fundamenta de forma clara y precisa si en el caso concreto es aplicable o no el art. 59 del CTB, dado que la contravención por omisión de pago corresponde al periodo marzo/2009, el Auto Inicial de Sumario Contravencional 213100011513 data de 16 de octubre de 2013, notificado el 3 de diciembre de igual año y la Resolución Sancionatoria 211800481715 fue puesta a su conocimiento el 21 de abril de 2017, limitándose la mencionada determinación a conceptualizar la prescripción; b) La autoridad demandada se limitó a realizar un análisis técnico y comparativo del informe técnico con el recurso jerárquico interpuesto, sin fundamentar la aplicación del art. 168 del CTB y no así del art. 154 de la misma norma; c) La Resolución de Recurso Jerárquico de referencia simplemente enuncia doctrina y conceptualiza la prescripción, sin exponer razonadamente la aplicación de la Ley 812 al caso concreto; d) Si bien las autoridades demandadas están en la obligación de fundamentar sus resoluciones, dicha fundamentación debe considerar el principio de tempus regis actum; y, e) Respecto a la solicitud de disponer que se emita una nueva resolución jerárquica disponiendo la aplicación de la prescripción, no es posible que la jurisdicción constitucional direccione los resultados del nuevo acto; asimismo, tampoco corresponde considerar la actuación de la Directora Ejecutiva de la ARIT La Paz.