Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO Aclaratorio DEL AUTO CONSTITUCIONAL 0112/2019-rca
Fecha: 24-Abr-2019
Fragmento 5
En tal sentido, si bien la Norma Suprema y el Código Procesal Constitucional, marcaron el término de seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional, no es menos evidente que a partir de la línea jurisprudencial del estándar más alto, debe considerarse aquella línea que sea más favorable, en cuanto a la protección de derechos.
- REVOCAR
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de
- Fragmento 3
- tomando en cuenta la notificación a los coprocesados con el Auto Supremo impugnado, en el tablero de Secretaría de Cámara de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia
- Fragmento 5
- II.2.
- III. CONCLUSIÓN
- fue notificado
- cambio al entendimiento jurisprudencial