VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0124/2019-S2
Fecha: 17-Abr-2019
Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 278/2017, aclarando que únicamente se analizará la alegada lesión ocasionada por la Resolución de cierre
La suscrita Magistrada manifiesta su disidencia con la autolimitación que se realiza, en la SCP 0124/2019, respecto al examen de la Resolución de primera instancia, que también fue impugnada por el accionante; conforme al siguiente texto: “…corresponde a este Tribunal pronunciarse sobre el agravio denunciado en cuanto a la conculcación al derecho al debido proceso en su vertiente de fundamentación y motivación respecto a la Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 278/2017, aclarando que únicamente se analizará la alegada lesión ocasionada por la Resolución de cierre...” (las negrillas son nuestras).
Argumento que, se reitera, no se comparte, debido a que, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional glosada en el Fundamento Jurídico II.1 de esta Disidencia, el principio de congruencia en su dimensión externa, implica que la resolución debe guardar correspondencia con lo pedido o impugnado por las partes, pues de lo contrario, se vulnera el derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones; en ese sentido, correspondía que la SCP 0124/2019-S2, analice tanto la RA 021/2017 pronunciada por el Tribunal Disciplinario Departamental de Beni, como la Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 278/2017; toda vez que, el accionante solicitó expresamente el control de constitucionalidad de ambas resoluciones administrativas.
- Partes:
- confirma en parte
- CONFIRMAR
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- II.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 7
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i)
- SCP 0014/2018-S2
- relevancia constitucional
- Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 278/2017, aclarando que únicamente se analizará la alegada lesión ocasionada por la Resolución de cierre
- Consiguientemente la SCP 0124/2019-S2 debió realizar el siguiente análisis del caso concreto:
- Fragmento 13
- debió
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)