VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0185/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0185/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

I.

La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0185/2019-S2 de 24 de abril, que confirma en parte la Resolución 297/2018 de 11 de octubre, pronunciada por el Tribunal de garantías; y en consecuencia: concede la tutela solicitada, únicamente con relación a la reincorporación a la fuente laboral de la accionante y deniega respecto al pago de salarios devengados y demás derechos sociales.

i) El Tribunal Constitucional Plurinacional es el Máximo Órgano de Control de Constitucionalidad; y en materia de derechos humanos, tiene la responsabilidad que todos los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Política del Estado, no se apliquen como retórica solo en ámbitos académicos, sino, sean materializados a través de su real protección, resguardo, restitución o reparación; labor que se encuentra a cargo sobre todo, de los administradores de justicia constitucional, quienes tenemos la obligación por mandato del art. 13.I de la propia Norma Suprema de propender por su progresividad y favorabilidad; y en los casos donde se sometan a tela de juicio derechos laborales, estos deben ser analizados conforme al principio de progresividad que supone el respeto a las conquistas alcanzadas por las trabajadoras y los trabajadores; lo cual, no puede ser desconocido y menos por quienes tenemos la misión de administrar justicia constitucional, porque ello significa un retroceso a la protección de estos derechos fundamentales; cuando en materia de derechos humanos, no corresponde la regresividad;