VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0185/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0185/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

II.2.   Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto

…en cuanto al pago de salarios devengados y otros derechos sociales, pretendidos por la accionante, es preciso señalar que este Tribunal se encuentra imposibilitado de cuantificarlos; correspondiendo únicamente ordenar el cumplimiento de la conminatoria, debiéndose acudir ante la instancia administrativa que conoció la solicitud de reincorporación laboral para su cuantificación o en su caso ante la judicatura laboral.

No comparto este razonamiento, porque adopta entendimientos restrictivos respecto al tratamiento de los derechos laborales que fueron puestos a consideración por la accionante en el presente caso; puesto que, está desnaturalizando la finalidad que tiene la administración de justicia constitucional, de velar por la eficacia de los derechos fundamentales y garantías constitucionales reconocidos en la Constitución Política del Estado, en las propias leyes nacionales y en los Instrumentos Internacionales sobre Derechos Humanos; toda vez que: