Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 0119/2019-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0119/2019-CA

    Fecha: 28-May-2019

    promovió

    Por Resolución PA 01/2019 de 7 de mayo, cursante de fs. 141 a 144, el Gobernador Departamental de La Paz promovió la acción de inconstitucionalidad concreta, indicando que la demanda interpuesta dentro de sus fundamentos legales y fácticos es razonable, existiendo duda razonable de la constitucionalidad del artículo impugnado que hace necesario el pronunciamiento por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional.

    • Gobernador Departamental de La Paz
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • promovió
    • II.1.  Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
    • ante la autoridad que conozca del proceso judicial o administrativo
    • en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo
    • el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
    • La
    • es imprescindible que la
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca