AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2019-RCA

Fecha: 28-May-2019

I.4. Resolución de la Jueza de garantías

La Jueza Pública Civil y Comercial Décimo Tercera del departamento de Chuquisaca en suplencia legal de su similar Segunda, constituida en Jueza de garantías, mediante providencia de 13 de junio de 2018, cursante a fs. 64, dispuso que en el plazo de tres días conforme establece el art. 30.I.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), la parte accionante deberá identificar de manera clara y explicando la relación de causalidad entre los hechos y los derechos vulnerados en el proceso de origen de la acción de manera clara y precisa.

Por providencia de 26  de junio de 2018, la referida Jueza refirió que no se señaló con precisión el domicilio de Hugo Nieme Hurtado, en su calidad de tercero interesado a efectos de su citación, cumpla con lo previsto en el art. 33.1 del CPCo en lo referente a terceros interesados, asimismo deberá adjuntar fotocopia de la demanda contenciosa administrativa que dio lugar a la emisión de la Sentencia Agroambiental Plurinacional que supuestamente vulnera derechos.