Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2019-RCA
Fecha: 28-May-2019
I.5. Síntesis de la impugnación
Vania Kora Kenallata, Directora General de Asuntos Jurídicos del INRA, asumiendo la representación legal del referido Instituto dado que en la fecha no se había designado Director Nacional del INRA, refirió que en plazo oportuno las observaciones pronunciadas mediante decreto de 13 y 26 de junio de 2018 fueron subsanadas mediante memoriales presentados el 20 de junio y 6 de julio de 2018, por lo que extrañan que ahora mediante informe se indique que no fueron subsanados los extremos observados, los cuales de acuerdo a los antecedentes si fueron cumplidos, por lo cual no correspondería declarar por no presentada la acción de defensa.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.4. Resolución de la Jueza de garantías
- “como no presentada”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2.
- II.3. Análisis del caso concreto
- la exigencia de exponer el nexo de causalidad entre estos, al ser una exigencia de fondo
- 1)
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