Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0156/2019-RCA
Fecha: 29-May-2019
2º
2º Llamar severamente la atención a los Vocales de la Sala Constitucional Primera del departamento de Cochabamba, por aplicar al presente caso la Ley de Municipalidades -Ley 2028 de 28 de octubre de 1999-, abrogada por la Ley Gobiernos Autónomos Municipales -Ley 482 de 9 de enero de 2014-, que ingresó en vigencia el 9 de enero de 2014, ante la inseguridad jurídica que originan al pronunciar resoluciones utilizando disposiciones legales que no se encuentra en vigencia, recomendándoles utilizar la terminología adecuada en la resolución de las acciones que son puestas bajo su conocimiento.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- rechazó in limine
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- es un mecanismo subsidiario, porque únicamente puede instaurarse cuando el lesionado no tiene otro medio de defensa
- 1)
- Fragmento 9
- 2º