SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

Fragmento 15

Dentro de ese marco constitucional, la mujer en estado de gestación no puede ser removida de su puesto de trabajo hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad; previsión constitucional anteriormente prescrita por la Ley 975, en sus arts. 1 y 2, relacionándose conforme previene el art. 193 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrg.), sobre la protección de la maternidad por parte del Estado, al establecer su inamovilidad en el puesto de trabajo; incluyendo, tanto a las empleadas del sector privado, sujetas a la Ley General del Trabajo, como a las funcionarias o servidoras públicas.