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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2019-S1

    Fecha: 07-May-2019

    2° Llamar la atención

    2° Llamar la atención a Ana María Villa Gómez Oña y a Víctor Luis Guaqui Condori, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituidos en Tribunal de garantías, conforme a los razonamientos expuestos en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional.

    • acción de libertad
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 8
    • las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley
    • III.2.
    • III.3. Consideraciones adicionales sobre la remisión de antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional
    • REVOCAR
    • 2° Llamar la atención

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