SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0215/2019- S2
Fecha: 10-May-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 27 de septiembre de 2017, se apersonó a la Regional de Seguros de COSSMIL, solicitando la cancelación del capital asegurado de muerte; beneficio que le correspondía, por fallecimiento de su esposo Miguel Ángel Balcázar Balcázar; sin embargo, no obtuvo respuesta y mucho menos se procedió al pago, por tal motivo, en varias oportunidades reiteró su solicitud ante las oficinas de COSSMIL de Trinidad, cuyos personeros le respondieron de manera esquiva, mencionando que existe un cronograma preestablecido, donde se respeta un rol de pago, empero, no determinaron un plazo cierto.
Asimismo, el Gerente General de COSSMIL, no emitió una respuesta clara, pronta y oportuna, por lo que al no existir otro medio o recurso legal que sea idóneo para efectivizar su derecho de petición, interpuso acción de amparo constitucional, con el objeto de que su derecho sea respetado y respondido de manera inmediata.