SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2019-S2
Fecha: 24-May-2019
denegó
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 14/2018 de 21 de noviembre, cursante de fs. 39 a 42, denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: 1) De la verificación del cuaderno procesal, se tiene que el accionante interpuso el recurso de apelación incidental en forma oral, el viernes 16 de noviembre de 2018, y se notificó con la Resolución objeto del recurso en el mismo actuado procesal a horas 18:10; momento del que computan los tres días para la interposición del recurso, que se vencía el lunes 19 a las 18:10. Ahora bien, proporcionó los recaudos de ley el lunes 19 a horas 11:50, las fotocopias del testimonio se recogieron el 20 a horas 08:35 y ese mismo día se remitieron los antecedentes; por lo cual, esta acción de libertad no tiene asidero legal, habiendo sido presentada en forma apresurada, y deviene por la denegación de la tutela; y, 2) Por otra parte, el Ministerio Público fue notificado con la Resolución apelada, el lunes 19 a horas 18:10, cuyo plazo para que interponga el recurso de apelación se vencía el jueves a la misma hora.