Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2019-S2
Fecha: 29-May-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 23 CORRESPONDE A LA SCP 0297/2019-S2 (viene de la pág. 15).
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- [3]
- [4]
- arbitrariedad
- una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa
- Fragmento 18
- III.2.
- que toda resolución que resuelva el fondo del asunto: «…no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también citar las pruebas que aportaron las partes, exponer su criterio sobre el valor que le dan a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas dando aplicación a las normas jurídicas aplicables para finalmente resolver…», de lo contrario su decisión resultaría arbitraria
- III.3.
- i)
- 1)
- III.4.
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER en parte
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)