SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2019-S2

Fecha: 05-Jun-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La Sala Plena del TSE, a través de Resolución TSE-RSP 0429/2018 de 29 de agosto, aprobó el Reglamento -para la elección de Oficiales de Registro Civil en ciudades capitales de departamentos y otras ciudades y centros urbanos más poblados-, a través del cual reglamenta y regula las actividades de los Oficiales de Registro Civil, sin una ley expresa que emane de autoridad competente; ya que la norma dispone que la competencia la tiene la Asamblea Legislativa Plurinacional, evidenciándose así la usurpación de funciones.

El 9 de septiembre de 2018 el TSE publicó la convocatoria para los cargos de Oficiales de Registro Civil en todo el territorio nacional, con el denominativo “Primera Convocatoria Pública para Oficiales de Registro Civil”, en aplicación del referido reglamento, contraviniendo lo previsto en el art. 80 de la Ley del Órgano Electoral Plurinacional (LOEP) –Ley 018 de 16 de junio de 2010-, que señala categóricamente: “(Reglamentación) Los principios, estructura, organización, funcionamiento, atribuciones, procedimientos del Servicio de Registro Cívico y otros aspectos no considerados en el presente capitulo, serán determinados mediante ley y reglamentación correspondiente” (sic); consiguientemente el TSE al emitir resoluciones y reglamentos indebidos, estaría usurpando funciones que no le competen, pues corresponde a la Asamblea Legislativa Plurinacional, emitir una ley y su reglamento para el debido funcionamiento y administración de los oficiales de registro civil, por cuanto desde la transición de la ex Corte Nacional Electoral al TSE, no dieron cumplimiento a lo determinado por la citada norma legal, debido a que todos los oficiales de registro civil, son administrados y regulados únicamente por resoluciones, las que infringen sus derechos y garantías.

Indican que, al existir este vacío legal, se sienten vulneradas en sus derechos y garantías constitucionales, al ser ésta y otras resoluciones ilegítimas, que nacen de autoridades que no tienen la competencia legal; por cuanto la indicada Resolución, no sólo que es ilegal y arbitraria, sino que les ocasiona graves perjuicios al pretender cesarlas de sus funciones, al igual que a todo los oficiales de registro civil en todo el país, dejándolas sin su trabajo y el sustento diario de sus familias, de todos quienes cumplen esta labor.