Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2019-S1
Fecha: 10-Jun-2019
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 28 de diciembre de 2018, el peticionante de tutela solicitó a la autoridad demandada, se extienda certificación sobre: “1. (…) las partes dentro del presente proceso; 2. El tipo de delito; y, 3. Las fechas y los hechos que se encuentran en juicio en base a la acusación fiscal y particular” (sic [fs. 3]).
- acción de libertad
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La protección constitucional de la acción de libertad respecto al procesamiento ilegal o indebido
- las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12