SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

derecho al amparo y protección

A su vez, el derecho al amparo y protección, establecido en el art. 107   del Código del Niño, Niña y Adolescente abrogado (CNNAabrg) -Ley 2026 de 27 de octubre de 1999-, que comprende: 1. A ser el primero que reciba protección y socorro en situación de peligro; y, 2. A ser asistido y defendido en sus intereses y derechos, ante cualquier persona o autoridad y por cualquier causa o motivo.

En definitiva, a partir de una interpretación de las disposiciones consignadas en instrumentos internacionales y nacionales de protección de los derechos de los niños, la obligación del Estado no solo se limita a la adopción de medidas de protección por parte del Estado, sea este en entidades judiciales o administrativas, tendientes a garantizar y efectivizar el pleno goce y ejercicio de sus derechos, sino que además las mismas demandan una intervención adicional, positiva y preferencial de los niños y niñas, que se traduce en la responsabilidad de sus agentes estatales de acudir de manera diligente y efectiva a la protección de sus intereses y derechos, en cualquier ámbito.