Sentencia Constitucional Plurinacional 0482/2019-S1 de 24 de junio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0482/2019-S1 de 24 de junio

Fecha: 24-Jun-2019

Fragmento 17

Empero, la Resolucion objeto de la citada SCP 0482/2019-S1 de 24 de junio, objeto de ésta disidencia, al denegar la tutela impetrada argumentando que el derecho a la petición es un derecho fundamental que solamente corresponde a la persona natural en su calidad de administrado y no así un derecho de las personas jurídicas como es el Gobierno Autónomo Municipal de Pando, conlleva un contrasentido a lo establecido por la jurisprudencia constitucional desarrollada mediante la SCP 1179/2017-S1 de 24 de octubre, caso en el que se concedió la tutela a una persona jurídica (Empresa de Transporte de Pasajero y Carga Nacional e Internacional NORDICBUSS S.R.L.), en el cual la “empresa accionante” denunció la lesión del derecho a la petición porque la Gerencia Regional La Paz de la ANB como autoridad demandada no habría providenciado los memoriales presentados por los cuales solicitó el cumplimiento de una sentencia, habiéndose evidenciado en el mismo, que no se dio respuesta a lo peticionado hasta el momento de interposición de la acción tutelar, cuando el único requisito era que la persona que pide algo se identifique para que el demandado tenga la obligación de responder la petición de forma oportuna y fundamentada, ya sea de forma negativa o positiva.