SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2019-S2

Fecha: 18-Jun-2019

1)

María Melina Lima Nina, Jueza de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, a través del informe escrito presentado el 26 de junio de 2019, que cursa a fs. 9 y vta., señaló que: 1) El ahora accionante está siendo investigado por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, proceso dentro del cual el 19 de ese mes y año a horas 10:30, se celebró audiencia a objeto de resolver los incidentes formulados habiéndose decretado un cuarto intermedio para horas de la tarde; es así que una vez reinstalada la audiencia con la presencia del imputado que estaba asistido por uno solo de sus abogados, se resolvieron los incidentes para luego considerar las medidas cautelares impetradas; no obstante, el abogado defensor del demandante de tutela se retiró de la audiencia alegando que tenía otra audiencia, circunstancia por la que, al haberse quedado sin defensa técnica el sindicado, se decretó un cuarto intermedio de diez minutos; 2) Reinstalada la audiencia, se percató de la ausencia injustificada del sindicado y de su abogado defensor, motivo por el que la parte denunciante y el Ministerio Público solicitaron su declaratoria de rebeldía; 3) En previsión de los arts. 87 del CPP y 91 de la  Ley Integral para Garantizar a las Mujeres un vida Libre de Violencia -Ley 348 de 9 de marzo de 2013-, se declaró la rebeldía del encausado, al haberse ausentado sin ninguna justificación; y, 4) El peticionante de tutela presentó memorial justificando su incomparecencia e impetrando se deje sin efecto la declaratoria de rebeldía; pretensión que se encuentra tramitando conforme a procedimiento.