VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0360/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0360/2019-S2

Fecha: 05-Jun-2019

I.

La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0360/2019-S2 de 5 de junio, que resolvió revocar en parte la Resolución 368/2018 de 23 de noviembre, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Vigesimonoveno de la Capital del departamento de La Paz, -constituido en Juez de garantías- y denegar la tutela solicitada.

De los antecedentes remitidos que informan del caso, puede advertirse que el accionante, denunció la lesión de los derechos a la propiedad y al debido proceso en sus vertientes de una suficiente fundamentación, motivación y congruencia; en virtud a que: i) La Sentencia 64 de 25 de agosto de 2016, no se encontraba suficientemente fundamentada, ni motivada y resultó incongruente; y, ii) El Decreto de 10 de julio de 2018, que resolvió el recurso de reposición que planteó contra la providencia de 11 de junio del mismo año, que declaró “No ha lugar” el incidente de nulidad que planteó contra la Sentencia 64 por resultar contradictoria a su similar 12/2017 de 18 de enero; no respondió a todas las pretensiones planteadas, ni exteriorizó los fundamentos legales y normas que sustentaban su parte dispositiva.

Así identificados los actos lesivos denunciados, corresponde inicialmente precisar que si bien en la presente acción se cuestiona la Sentencia 64, la cual a decir del impetrante de tutela, no contendría la fundamentación, motivación y congruencia debida; sin embargo, no es menos evidente que otro de los actos lesivos que encuentra vinculación directa con el primero, está referido con la existencia de dos sentencias contradictorias; la sentencia 64 -que al presente se cuestiona-, que declaró probada la demanda interpuesta por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) y consecuentemente mantuvo la deuda determinada por la Resolución Determinativa; y, la Sentencia 12/2017 de 18 de enero, que declaró improbada la demanda del SIN, respecto a los mismos hechos; consiguientemente el acto ilegal que en el fondo se demanda, se materializa con la segunda sentencia; es decir, la existencia de dos sentencias contradictorias que resolvieron de manera diferente una misma problemática; extremo que el accionante pretendió corregir mediante  el incidente de nulidad que presentó, pero que sin embargo fue rechazado, y si bien interpuso acción de amparo constitucional contra tal determinación, que fue resuelta por la SCP 0149/2018-S3 que denegó la tutela, dicha sentencia no ingresó al fondo de lo demandado; vale decir, la contradicción existente entre las sentencias señaladas, en tal sentido mediante la presente acción tutelar corresponde analizar si el acto ilegal -la emisión de dos sentencias contradictorias entre sí- resulta evidente.