Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0196/2019-RCA
Fecha: 02-Jul-2019
Fragmento 9
La Sala Constitucional Segunda del departamento de Santa Cruz declaró la improcedencia de la acción de defensa formulada por Yoshiaki Furuta en representación legal del “Centro Social Japonés de Santa Cruz”; considerando que la parte accionante no agotó la vía administrativa correspondiente, pues si bien presentó impugnación ante la ARIT, como también el recurso de reposición, no continuó con el recurso jerárquico que indica la ley.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- GAMSC/SER/DCC/RD/140/2018, de fecha 08 de octubre de 2018
- improcedente
- a)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2.
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- 7)