Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0196/2019-RCA
Fecha: 02-Jul-2019
II.1. Marco normativo constitucional y legal
El art. 128 de la CPE, establece que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- GAMSC/SER/DCC/RD/140/2018, de fecha 08 de octubre de 2018
- improcedente
- a)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2.
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- 7)