ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0608/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
i)
Mirtha Mejía Salazar y Jorge Rider Mariaca Montenegro, Fiscales de Materia en representación de los demandados, en audiencia manifestaron que: i) La Resolución Fiscal Departamental JCC 818/18, contiene la debida motivación y fundamentación descriptiva como probatoria; y, ii) En dicha Resolución se tomó en cuenta los elementos de convicción cursantes, y a partir de ellos se vio la necesidad de recolectar mayores indicios para poder fundar una imputación, en ese sentido se sugirió se tomen las declaraciones testificales y la realización de un peritaje, sobre el cual debe aclararse que la comisión de fiscales rechazó el peritaje a la computadora de la sindicada y no así de su cuenta de Facebook, que resultan peritajes distintos.
En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada; para el efecto, se analizarán los siguientes temas: i) La motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso; ii) El deber de los fiscales de fundamentar y motivar las resoluciones que resuelvan una objeción de rechazo de denuncia; y, iii) Análisis del caso concreto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 13
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: 1) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; 2) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; 3) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, 4) Por la falta de coherencia del fallo, se da: 4.i) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero,
- relevancia constitucional
- III.2. El deber de los fiscales de fundamentar y motivar las resoluciones que resuelvan una objeción de rechazo de denuncia
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)