Fragmento 1
La suscrita Magistrada manifiesta su desacuerdo con el fundamento y parte resolutiva de la SCP 0514/2019-S1 de 8 de julio, que llevaron a conceder la tutela impetrada, y revocar la Resolución 09/2018 de 3 de julio, por lo que en el plazo establecido expresa su voto disidente, bajo los siguientes fundamentos jurídico-constitucionales:
- Fragmento 1
- I.
- es evidente que en el caso concreto el alcance de la notificación que el ahora accionante reclama se validó con la interposición de la apelación efectuada, señalando expresamente que al no haber sido notificado con el Auto de medidas cautelares mediante la entrega física de una copia de la resolución, entendiendo que el plazo para formular apelación corre a partir de dicha notificación, se daba por notificado señalando la interposición de la apelación sin ninguna exposición de agravios
- denegar
