Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2019-S3
Fecha: 08-Jul-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 06/2018 de 14 de noviembre, cursante de fs. 63 a 68 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Decimoséptima de la Capital del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada, en base a los fundamentos esgrimidos en el presente fallo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerado
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- Fragmento 6
- I.2.5. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Límites y alcances de la jurisdicción constitucional en la valoración probatoria
- valoración de la prueba
- en ese contexto, debe determinarse que el análisis de una valoración probatoria por parte del órgano contralor de constitucionalidad sin cumplir las subreglas desarrolladas supra, generaría una disfunción tal que convertiría a este Tribunal en una instancia casacional o de revisión ordinaria, situación que no podría ser tolerada en un Estado Constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR