SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2019-S3
Fecha: 11-Jul-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso de homologación de asistencia familiar seguido por Lucía Lourdes Veizaga López -ahora demandada- en su contra, se presentó liquidación de asistencia familiar de Bs11 050.- (once mil cincuenta bolivianos), la cual fue aprobada; sin embargo, con la misma no le notificaron, por lo que tuvo que interponer incidente de nulidad de notificación la que fue corrida en traslado a la demandante; empero a ello, a sabiendas que realizó el depósito del monto adeudado la mencionada solicitó mandamiento de apremio, el cual se dio curso a ese pedido correspondiente a la suma de Bs3 500.- (tres mil quinientos bolivianos); decisión que constituye una amenaza a su libertad, ya que cumplió en su integridad la asistencia familiar devengada, por lo que no debía emitirse dicho mandamiento.