SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2019-S3
Fecha: 11-Jul-2019
II.3.
II.3. A través del memorial presentado el 28 de noviembre de 2018 ante la referida Jueza, Rubén Alberto Saavedra Zambrana en representación de Lucía Lourdes Veizaga López -demandante en el proceso familiar- reiteró se expida mandamiento de apremio contra el accionante y que en caso de negativa acudiría al Consejo de la Magistratura por retardación de justicia; a lo que la mencionada autoridad emitió la providencia de 29 del mismo mes y año disponiendo que por secretaría se libre dicho mandamiento contra el aludido por el monto de Bs3 500.- encomendando su ejecución a cualquier funcionario hábil y no impedido del Estado Plurinacional de Bolivia; siendo notificado el peticionante de tutela el 3 de diciembre del citado año (fs. 19 a 21 vta.).