SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2019-S3

Fecha: 18-Jul-2019

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Resolución 05/2019 de 28 de febrero, cursante de fs. 27 a 31, concedió la tutela solicitada, dejando “…sin efecto el decreto de fecha 25 de febrero de 2019 cursante en fs. 601 del proceso…” (sic), disponiendo que el Juez de la causa pronuncie una nueva resolución dando estricto cumplimiento al Auto de Vista 20/2019; de acuerdo a los siguientes fundamentos: i) Conforme a lo expresado por la SCP 0511/2013 de 19 de abril, la acción de libertad ha sido instituida como un proceso constitucional de naturaleza tutelar, que tiene por finalidad brindar protección inmediata y efectiva a los derechos fundamentales como la vida y la libertad; ii) El Auto de Vista aludido, que resolvió la apelación incidental contra la resolución que dispuso la detención preventiva del accionante, revocó dicha medida y determinó la aplicación de medidas sustitutivas; iii) La observación realizada por el Juez de control jurisdiccional para no emitir el respectivo mandamiento de libertad, no consideró el principio de presunción de inocencia del procesado; pero a su vez, lo argumentado respecto al incumplimiento de someterse en forma disciplinada al cuidado de sus padres, carece de sustento; iv) En lo concerniente a la presentación de la fotocopia del formulario RUDE, bajo el principio de no formalismo, no corresponde exigir el original o fotocopia legalizada; y, v) El art. 60 de la CPE, establece que es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección.