SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2019-S3

Fecha: 18-Jul-2019

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 03 de 27 de febrero de 2019, cursante de fs. 90 a 94 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) Si bien es cierto, que la Sentencia Constitucional indicada por el accionante, refiere que no se puede mantener la detención preventiva por un solo peligro procesal, obliga al juzgador a realizar una ponderación, que le ha permitido al Tribunal ahora demandado llegar a la determinación de que el impetrante de tutela tiene un proceso anterior por el mismo delito y que independientemente del tiempo transcurrido la conducta está dada; es decir, cometió el delito, fue sancionado, puesto en libertad y volvió a incurrir en un nuevo ilícito, haciendo que la ponderación del mencionado Tribunal sea negativa al considerar que no habiendo salido el Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP), no fue debatido, por lo que al declarar procedente la apelación del Ministerio Público y revocar el Auto impugnado, actuó correctamente motivando su resolución; y, ii) En cuanto a la acción de libertad, la normativa es clara cuando dice: “…indebidamente procesado o indebidamente detenido…”’ (sic), en este caso el accionante está recluido por orden de una autoridad jurisdiccional investida de poder para ordenar esa medida, entonces la detención no es ilegal, más aun cuando se encuentra en un Centro Penitenciario reconocido por el Estado y no en una celda clandestina.