SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2019-S3

Fecha: 18-Jul-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la supuesta comisión de los delitos de robo agravado y asociación delictuosa, el 16 de enero de 2019, se dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva por encontrarse latente un solo peligro procesal. Decisión que al ser apelada por el referido Ministerio Público, fue revocada por Auto de Vista 45 de 22 de febrero del mismo año, en el que los Vocales ahora demandados, argumentaron que no se había cumplido con el art. 239.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP); es decir, la existencia de nuevos elementos que hayan mejorado la situación jurídica del imputado y que tornen favorable la sustitución de dichas medidas; aludieron también que existe actividad delictiva reiterada, establecida en el art. 234.8 del CPP, “…En total contravención del Art. 41 del CP (Máxime si han Transcurrido 7 años del Otro Proceso que fui condenado a 3 Años y 6 meses)…” (sic), así como el principio de favorabilidad, proporcionalidad, presunción de inocencia y la temporalidad de las medidas cautelares de carácter personal.