SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2019-S3

Fecha: 29-Jul-2019

concedió

La Jueza Pública de Familia Sexta de la Capital del departamento de Oruro, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 01/2019 de 19 de febrero, cursante de fs. 112 a 117 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la nulidad del Auto de 4 de diciembre de 2018 y el pronunciamiento de uno nuevo en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de su legal notificación, apegada estrictamente a su competencia, a los antecedentes del proceso y a la norma que rige la materia, en base a los siguientes fundamentos: i) De los datos del proceso se tiene que hasta la presentación del memorial de 20 de noviembre de 2018 por el impetrante de tutela, no tenían conocimiento del pliego acusatorio y este se hizo al día siguiente; es decir, el 21 de dicho mes y año; por lo que, correspondía a la autoridad demandada, providenciar o dictar resolución resolviendo la solicitud, previo al escrito planteado con la acusación formal; sin embargo, extrañamente la prenombrada, providenció primero la aludida acusación del Ministerio Público que fue presentada posteriormente y remitió la del peticionante de tutela, el indicado día, al proveído del referido requerimiento fiscal, sin resolver su petición; y, 2) Ante dicha situación el impetrante de tutela planteó recurso de reposición pidiendo revocar la providencia de 21 de noviembre de 2018 y pronunciar resolución de forma fundamentada, coherente y razonable, misma que fue resuelta por Auto de 4 de diciembre del citado año, con una falta de motivación y fundamentación, no ingresando la autoridad demandada al análisis de fondo; es decir, sin debatir si la decisión fue correcta o no, haciendo mención simplemente al decreto de 6 de noviembre de 2018, en el que señaló que el Fiscal de Materia actúe dentro de los plazos procesales.