Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Claudia Marcela Castro Dorado, Jueza de Instrucción Anticorrupción y de Materia Contra la Violencia Hacia la Mujer Tercera del departamento de La Paz, por informe escrito presentado el 25 de enero de 2019, cursante a fs. 18 y vta.; señaló que, el despacho a su cargo se encuentra al día con las resoluciones, providencias y otros, siendo que el abogado del –ahora accionante– pudo revisar los actuados correspondientes; empero, no coadyuvó con la efectivización del orden de conducción, no pudiendo atribuírsele la falta de pronto despacho.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- 3)
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- el juez deberá señalar audiencia para su resolución en el plazo máximo de cinco días,
- III.3.
- Fragmento 16