SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2019-S2
Fecha: 15-Jul-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El Sindicato de Transporte Mixto 15 de abril de Colcapirhua del departamento de Cochabamba, cuenta con Tribunal de Honor, que se encuentra regulado por el art. 38 al 46 de su Estatuto Orgánico y Reglamento Interno de dicho Sindicato; el Tribunal de Honor conformado por los ahora demandados, ante quienes se presentó denuncia formal y solicitaron se instaure proceso interno contra Ramiro Rodríguez Escalera, Raúl Viscarra Vargas, Sabino Ortiz Gutiérrez, Jaime Benico Ayala Vera, Freddy Caballero Crespo, Agustín Gonzales Serrano, Eduardo Lemos Mendoza, Felix Sanguino, Fanor Agreda Benavides, Juan Bonny Mamani y “Limbre Cordoba”, en su condición de exmiembros del Directorio del referido Sindicato.
Por Notas de 29 de enero, 5 de febrero, 2 de agosto y 11 de octubre, todas de 2018, recibidas por Juan Carlos García, en su condición de Presidente del Tribunal de Honor de dicho Sindicato, solicitaron y reiteraron se instaure proceso interno contra los exmiembros del anterior Directorio del Sindicato antes señalado; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa no obtuvieron respuesta alguna.