SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0562/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0562/2019-S4

Fecha: 29-Jul-2019

I.2.2. Informe de los demandados

Severo Cueto Paniagua, Presidente, Gregorio Ávila, Vicepresidente y Norma López Cazón, Secretaria de Hacienda todos del Consejo de Administración de COTEVI R.L. de Potosí, por medio de su abogado en audiencia, afirmaron que dicha Cooperativa no es una persona natural sino jurídica y que por ello cuenta con un Comité de Administración que deben reunirse previamente para responder a la diversidad de solicitudes que se presentan a diario, y se encuentran dentro del plazo razonable para responder, puesto que solamente han transcurrido veinte días desde la presentación de la primera solicitud y ocho días de haber reiterado su petición; refiriendo que el caso debió ser analizado por el abogado de la entidad, que radica en La Paz, donde fue remitida la solicitud, habiendo retornado el 20 de febrero de 2019, fecha en la cual la interesada se apersonó a las oficinas de COTEVI R.L., pero erróneamente a la sección caja, no así ante las reparticiones pertinentes de la entidad, para recibir la notificación respectiva; expresaron su predisposición de entregar a Jahel Marlene Ramos Perales, una respuesta satisfactoria, recurriendo a una carta notariada de 21 de febrero de igual año, a través de la cual se pretendió hacer conocer oportunamente la misma.