Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2019-S2
Fecha: 24-Jul-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado, y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 21 de febrero de 2019, cursante de fs. 115 a 116 vta., pronunciada por los Vocales de la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías; y en consecuencia DENEGAR la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II
- Fragmento 12
- III.1. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- Finalmente conviene recordar que además de inferirse la naturaleza subsidiaria del amparo, también se concluye que este recurso no es un medio paralelo o alternativo de protección de derechos
- III.2. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR