SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2019-S1

Fecha: 31-Jul-2019

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Resolución AAC-0002/2019 de 28 de febrero, cursante de fs. 91 a 93, concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada en el plazo de veinticuatro horas, dé una respuesta pronta, efectiva y fundamentada, atendiendo todas las exigencias contenidas en el memorial de 11 de febrero de 2019; determinación asumida bajo los siguientes fundamentos: i) Planteada una petición, cualquiera sea el motivo de la misma, la persona adquiere el derecho de obtener una pronta resolución, lo que significa, que cualquier funcionario o autoridad competente está obligado a absolver los mismos, conforme las circunstancias de cada caso en cuya medida podrá ser positiva o negativa; ii) El Registrador de DD.RR., como Director posee atribuciones de permitir el acceso, esclarecer y atender toda demanda de los usuarios otorgando respuestas de manera pronta, oportuna y sustentada en su decisión, de lo contrario vulneraría el derecho de petición protegido por las leyes y la Constitución Política del Estado; y, iii) Por la naturaleza de la acción de defensa, no se ingresa a dilucidar temas controvertidos o cuestiones de índole administrativo u ordinaria que no sean pertinentes a la vulneración del derecho de petición del accionante, tomando en cuenta que es persona adulta mayor y se encuentra inmerso dentro del grupo de vulnerabilidad, lo que posibilita la tutela impetrada.