VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0554/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0554/2019-S2

Fecha: 17-Jul-2019

II.2.    Motivos de la Disidencia y

…si bien la accionante utilizó un mecanismo idóneo para el reclamo de sus derechos, como es el incidente de actividad procesal defectuosa denunciando la presunta aprehensión ilegal ante la Jueza demandada, empero, no agotó todos los medios de defensa que instituye el Código de Procedimiento Penal (…) correspondía que la accionante formule recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 328/18, que declaró infundado el mencionado incidente, a fin que el Tribunal de apelación pueda corregir las presuntas irregularidades que hubiere cometido la Jueza demandada; sin embargo, dicho de defensa no fue utilizado…

En todo caso, asumo el entendimiento desarrollado en el Fundamento Jurídico II.1 de este Voto Disidente, en sentido que cuando se reclama la supuesta aprehensión ilegal a través de un incidente de actividad procesal defectuosa o de nulidad de aprehensión en la audiencia de medidas cautelares, el juez de instrucción penal tiene el deber de ejercer el control jurisdiccional sobre dicha denuncia; y si esta autoridad no repara la lesión de los supuestos derechos lesionados -entre ellos el de libertad-, no es exigible que se interponga la apelación incidental previo a presentar la acción de libertad.

Este supuesto, se ajusta a lo suscitado en el presente caso, pues la impetrante de tutela al haber interpuesto un incidente de actividad procesal defectuosa, denunciando hechos que conllevaron a una supuesta aprehensión ilegal, en la audiencia cautelar de 20 de octubre de 2018, y ante la Resolución de igual data -emitida en la misma audiencia por la Jueza demandada- que declaró infundada la denuncia, cumplió con el presupuesto de haber acudido con carácter previo a la interposición de esta acción tutelar, ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional de su causa, denunciando los supuestos actos lesivos que lesionaron su derecho a la libertad, entre otros; por lo que, queda habilitada la vía constitucional para conocer y resolver el fondo de su pretensión en la presente acción de defensa; en consecuencia, considero que la referida SCP 0554/2019-S2 debió analizar el acto lesivo denunciando por la demandante de tutela, tal cual se realizará en este Voto Disidente; y de esta forma, poder efectivizar el derecho de acceso a la justicia constitucional de forma eficaz, pronta y oportuna.